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Acción
Título valor de carácter negociable que representa un porcentaje de participación en la propiedad de la compañía emisora del papel.
Acción al portador
Acción que no identifica el nombre de su propietario, pertenece a quien la tiene en su poder. El cambio de propiedad se realiza por la simple entrega de los títulos al nuevo propietario.
Acción de goce o industrial
Es la que se entrega para compensar las aportaciones de servicios, trabajo, conocimientos tecnológicos, secretos industriales o comerciales y en general, toda obligación de hacer, a cargo del aportante.
Acción nominativa
Acción a través de la cual se identifica el nombre del propietario. Este tipo de títulos cuenta con un instrumento denominado Libro de Registro, que mantiene los cambios en las transferencias y se lleva en el interior de la empresa emisora.
Acción ordinaria
Tipo de acción que otorga dividendos de acuerdo con el nivel de utilidades registrado por la empresa emisora y da derecho al voto en la asamblea general de la compañía.
Acción preferencial
Título accionario que da prioridades extraordinarias al propietario de la acción con respecto al pago de dividendos y además le da preferencia al reembolso del capital en caso de que la compañía se disuelva. Quien la suscriba no tiene derecho a votar en la asamblea general y sus prerrogativas son netamente de carácter económico.
Acción privilegiada
Clase de acción que otorga a su titular, además de los derechos consagrados para las ordinarias, un derecho preferencial para su reembolso en caso de liquidación hasta el total de su valor nominal y otros beneficios económicos adicionales.
Acciones de fundador
Son las emitidas para el fundador de una firma al dejar el control de la misma como parte del acuerdo de compra ofrecida por la compañía que la adquiere.
Acciones en circulación
Número de acciones emitidas por una sociedad que pueden ser libremente transadas en el mercado.
Accionista
Persona propietaria de acciones y poseedor del título que las representa.
Aceptación bancaria o financiera
Letra de cambio girada por un comprador de mercancías o bienes muebles a favor del vendedor de los mismos. Ella se convierte en aceptación bancaria o financiera cuando el girador de la letra (comprador o importador) solicita al banco, corporación financiera, corporación de ahorro y vivienda o compañía de financiamiento comercial, que acepte la responsabilidad principal por el pago oportuno de la misma en un plazo máximo de 360 días.
Acreedor
Titular de un bien que no está en su poder.
Activo
Importe total de los valores, efectos, créditos y derechos que una persona o empresa tiene a su favor. Recursos que una organización utiliza para realizar una actividad.
Activo diferido
Corresponde a los gastos pagados por anticipado, como el pago por seguro de incendio, los gastos de organización, cuentas de clubes pagadas por anticipado, contratos pagados por anticipado u otros, según la erogación que se realice.
Activo financiero
Título valor u otra forma cualquiera de representar una deuda o participación patrimonial en una sociedad.
Activo neto
Constituye el conjunto de los capitales que pertenecen propiamente a la empresa, es decir, el importe en dinero que se recibirá al vender todo el activo.
Activos corrientes
Son activos susceptibles de convertirse en dinero en un futuro próximo, tales como las cuentas por cobrar o los inventarios.
Activos fijos
No son líquidos debido a que se necesitan para el funcionamiento del negocio en forma permanente, tales como oficinas, maquinaria, vehículos, etc.
Activos intangibles
Son los que no tienen una existencia tangible, tales como los gastos de constitución de una empresa, su imagen, etc.
Acuerdo de recompra
Compra de títulos del tesoro a un intermediario bursátil con el compromiso de que éste los requerirá a un precio específico.
Administrador de la emisión
Intermediario financiero que se responsabiliza de los procesos relacionados con la emisión, colocación y redención de las emisiones de títulos valores.
Adquisición de acciones
Es un mecanismo de fusión por el cual el comprador de una empresa adquiere las acciones del vendedor a cambio de efectivo, acciones u otros títulos emitidos por el comprador.
Adquisición de activos
Mecanismo de fusión mediante el cual se adquieren los activos de una empresa y el pago puede hacerse en forma de efectivo, de acciones del comprador del título u otros títulos emitidos por él.
ADR (American Deposit Receipts)
Certificados expedidos por bancos depositarios de Estados Unidos que denotan acciones de una compañía extranjera. Los ADR se negocian en las Bolsas de los Estados Unidos como cualquier otra acción.
Ahorro
Aquella parte de dinero que no se consume y que se guarda para prevenir necesidades futuras. Técnicamente se considera que el ahorro es la base del capital, es decir, de las inversiones para conseguir rendimientos futuros. En sentido popular, el ahorro es la virtud de la previsión y lo que se guarda para hacer frente a posibles contrariedades económicas.
Ahorro bruto
Saldo de la cuenta de ingresos y gastos que se obtiene al confrontar los ingresos con los pagos corrientes de las unidades constitucionales residentes, o de la cuenta del ingreso nacional, al deducirle el consumo final.
Ahorro forzoso
Reducción forzosa del consumo que se produce cuando un gobierno no crea dinero para financiar sus actividades. Extraer dinero del público para financiar proyectos del gobierno.
Ahorro nacional
Ahorro realizado por todos los agentes económicos de un país, tanto privado (personas o empresas), como público (Gobierno), que influye sobre las tasas de interés y de inversión.
Ahorro nacional privado
Suma de todos los ahorros realizados por las personas y las empresas.
Ahorro nacional público
Ahorro del Gobierno que es equivalente a su ingreso general menos su gasto corriente.
Ajustes por inflación
Ajuste mensual que deben hacer las empresas sobre sus activos no monetarios y el patrimonio para conocer en cuánto se ha incrementado su valor presente de acuerdo con la inflación, buscando por medio de estos ajustes, desligar la determinación del impuesto de renta de los efectos de la inflación.
Albacea
Ejecutores testamentarios a quienes un testador da el encargo de hacer ejecutar sus disposiciones.
Alza
Tendencia a la elevación de precios de mercancías o de dinero.
Amortización
Reducción parcial de una deuda o redención parcial de un título, mediante pagos de naturaleza generalmente periódica.
Amortización acelerada
Cualquier método de amortización que da lugar a mayores deducciones por amortización en los primeros años de vida del proyecto, por ejemplo: amortización por doble disminución del saldo, amortización por suma de dígitos.
Amortización de capital
Deducciones de las rentas de las empresas calculadas según la renta sujeta a tributación.
Ampliación de capital
Operación mediante la cual la sociedad procede al aumento de su capital social, emitiendo nuevas acciones.
Análisis de inversión
Estudio de las decisiones en las inversiones a largo plazo.
Análisis de sensibilidad
Partiendo del punto de equilibrio, el analista puede maniobrar sobre las variables que lo componen, con el objeto de programar las utilidades convenidas. Existen cuatro formas de aumentar la utilidad de un negocio a partir de la base dada por el punto de equilibrio: 1. Buscar disminución de los costos fijos; 2. Aumentar el precio unitario de la venta; 3. Disminuir el costo variable por unidad; 4. Aumentar el volumen producido.
Análisis financiero
Es la presentación en forma procesada de la información de los estados financieros de una empresa y que sirve para la toma de decisiones económicas, tales como nuevas inversiones, fusiones de empresas, concesión de crédito, etc. El análisis es horizontal si se ocupa de los cambios que se presentan en las cuentas individuales de un periodo a otro. Es vertical si se relaciona cada una de las cuentas o partes de un estado financiero con un total determinado dentro del mismo estado.
Análisis fundamental o estructural
Análisis basado en la idea de que el valor de una acción obedece a la administración que una compañía haga de sí misma. En términos generales, si la empresa es bien conducida en todos sus aspectos, pero principalmente en su parte operativa, es de esperarse que se genere un mayor valor a sus dueños (accionistas) y a su vez, éste se vea reflejado en el precio de la acción.Dicho análisis se hace con base en todos los elementos que influyen en el desempeño y los resultados de una compañía, tales como: indicadores macroeconómicos (crecimiento de la economía del país, inflación, comportamiento del tipo de cambio y tasas de interés, entre otros), estados financieros históricos de la compañía, información e indicadores del sector al cual pertenece la empresa, políticas de la compañía, etc. Con todos esos elementos, el analista construye unos estados financieros proyectados a través de los cuales le es posible establecer si las perspectivas de la compañía son positivas o negativas y por ende, estimar si el precio de la acción tenderá a crecer o a decrecer.
Análisis técnico
Tipo de análisis que se refiere principalmente al corto plazo. Adquiere relevancia en la medida en que el mercado se vuelva más especulado, pues se basa en la idea de que el precio de la acción es determinado por lo que el mercado está dispuesto a pagar por ella. Por tanto, la actitud del mercado frente al nivel de precios de un papel específico en un momento dado, determinará el comportamiento del precio de dicha acción en un futuro próximo. Así pues, este análisis no tiene en cuenta la operación de la empresa para determinar el precio de su acción, sino que se fija en aspectos tales como el índice beta de la acción, los niveles máximos y mínimos del precio de la misma y la tendencia y promedio histórico de él. Para dicho análisis se usan herramientas como los promedios móviles (simples y compuestos), las velas japonesas y las bandas de Bollinger, entre otros.
Anticipo
Parte de dinero pagado antes de la iniciación o culminación de un acuerdo o con antelación a su fecha de vencimiento. Avance. Adelanto.
Anualidad
Serie de pagos anuales iguales durante una vida o durante un número concreto de años, a cambio de un pago inmediato en dinero.
Anualidad anticipada
Flujo de efectivo, cuyo pago periódico vence al principio del intervalo de pago. El plazo de la anualidad anticipada se define como el intervalo que va desde la fecha del primer abono hasta el término del periodo de pago anterior a la fecha del último pago.
Apalancamiento financiero
Endeudamiento de una empresa con el ánimo de incrementar su capacidad productiva y por ende sus ventas.
Apalancamiento operativo
Es la capacidad de la empresa en la utilización de costos fijos de operación, para incrementar al máximo los efectos de las fluctuaciones en las empresas en cuanto a las ventas sobre las utilidades antes de intereses e impuestos.
Aparcamiento de acciones
Compra de títulos por cuenta de otra persona que puede así ocultar su posición, bien por no tener que declararla por encima del umbral de 5% del capital, o bien para evitar la obediencia a reglas que imponen un límite de fondos libres para otras inversiones.
Apertura económica
Conjunto de medidas de carácter económico y legislativo, que facilitan el ejercicio del comercio internacional, permitiendo la libre entrada y salida de bienes, servicios, capitales y tecnologías sin restricciones arancelarias.
Aplazamiento
"En Bolsa, un porcentaje que se carga al vendedor de valores por el derecho a aplazar su entrega (por ejemplo: si un bajista ""ha quedado corto"", y el precio no baja dentro del periodo, puede verse obligado a pagar una multa por aplazar la entrega con la esperanza de que el precio baje tal como lo esperaba)."
Asamblea de accionistas
Reunión de accionistas o acreedores de una compañía.
Asamblea general extraordinaria
Es la reunión de accionistas, convocada e instalada en la forma establecida por la ley y los estatutos, cuando lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la compañía, por convocatoria de la Junta Directiva, del Representante Legal o del Revisor Fiscal.
Asamblea general ordinaria
Reunión de accionistas con el quórum y en las condiciones previstas en los estatutos cuyos fines principales son: la verificación de los resultados, lecturas de informes financieros, discusión y votación de los mismos, elección de directores, distribución de utilidades y formación de reservas.
Auditoría
Revisión de los resultados de una empresa que generalmente realiza una entidad externa a ella.
Aumento de capital
Incorporación al capital de la empresa de reservas y/o nuevos recursos, el que se efectúa, por lo general, mediante derechos de suscripción para los accionistas o aumentando el valor nominal de la acción.
Autofinanciación
Práctica de retener en la sociedad los beneficios obtenidos durante un periodo y no distribuidos con el fin de financiar el crecimiento futuro del negocio. Reinversión de utilidades y reservas. Con esta política, las empresas pueden evitar endeudarse (interna o externamente), pero a cambio, los accionistas deben sacrificar una parte o la totalidad de sus dividendos de los que de otra manera se hubieran podido dar.
Autor de mercados
Institución que está dispuesta a comprar o vender un activo a cierto precio, o institución que comercia tan frecuentemente y en tal volumen en un activo dado, que hace posible que otras compren o vendan ese activo casi en cualquier momento.
AVAL
Compromiso que asume un tercero de garantizar el pago de una letra comercial a su vencimiento.
Aviso
Comunicación que los agentes de cambio y Bolsa envían a sus comitentes, una vez finalizada la sesión de Bolsa, para poner en su conocimiento el resultado de las órdenes encomendadas, recogiendo la clase de valor, cantidad y cambio negociados por cuenta del comitente.
Aviso de compra o venta
Documento que se envía al cliente para notificarle sobre la ejecución de su orden de Bolsa.
Bajista
"Especulador de una Bolsa de Valores que espera que descienda el precio de un valor y vende acciones que no posee, con la esperanza de que cerrará el trato volviéndolas a comprar a un precio menor; la diferencia entre los dos precios constituirá su ganancia. Si el bajista no posee los valores que vende, se dice que ""ha quedado corto"", y si los posee, se le conoce como bajista ""protegido"" o ""cubierto"". Operando dentro de la cuenta de la Bolsa, es decir, cerrando el trato antes del día del pago, un bajista puede obtener un beneficio sin pagar los valores."
Balance
Estado demostrativo de la confrontación del activo y del pasivo para averiguar la situación económico - financiera de una empresa en un momento determinado.
Balanza cambiaria
Diferencia entre los ingresos y egresos de divisas.
Balanza comercial
Diferencia que hay entre las exportaciones e importaciones de un país (incluyendo las de bienes y servicios). Si las exportaciones son mayores que las importaciones, existe un superávit comercial y si las importaciones son mayores que las exportaciones, existe un déficit comercial.
Balanza de cuenta corriente
Parte de la balanza de pagos de un país, que registra las transacciones de importaciones, exportaciones, ingresos y gastos por servicios y utilidades obtenidas en operaciones extranjeras como pagos de intereses, dividendos y transferencias.
Balanza de cuenta de capitales
Diferencia entre los giros de divisas desde o hacia un país, es decir, de los egresos y los ingresos de divisas que no provienen del pago de importaciones o exportaciones, sino de los movimientos causados por los préstamos del gobierno o del sector privado, de las inversiones extranjeras en el país o de la salida de divisas para realizar inversiones en el exterior. En otras palabras, es la parte de la balanza de pagos que recoge los ingresos y gastos por créditos, préstamos e inversiones extranjeras.
Balanza de pagos
Contabiliza el total de los flujos financieros de un país en un periodo determinado. Las entradas financieras (ingresos por exportaciones o inversiones extranjeras en bolsa) se tratan como créditos o entradas positivas. Las salidas (pagos de importaciones o compra de acciones en bolsas extranjeras) son deudas o entradas negativas.
Banca comercial
Conjunto de instituciones financieras privadas que tienen como función principal la recepción de depósitos y el desembolso de préstamos a corto plazo.
Banca de fomento
Instituciones financieras encargadas de prestar asesoría técnica en los proyectos y apoyar a sectores específicos de la actividad productiva mediante operaciones crediticias o de inversión, por lo general a tasas de interés menores que las ofrecidas en el mercado.
Banca de inversión
Instituciones que tienen como objeto principal intervenir en la colocación de capitales y financiar los proyectos de inversión, producción y construcción. Además, participan en el financiamiento de operaciones en el mercado de capitales y se encargan de hacer el diagnóstico (viabilidad) empresarial, de organizar los compradores potenciales y de asesorar al inversionista en la creación de nuevas empresas.
Banca extranjera
Sucursales de bancos extranjeros que realizan actividades propias de la banca comercial.
Banco
Establecimiento que se dedica principalmente a captar recursos del público para realizar operaciones activas de crédito.
Banco central
Banco de un país encargado de emitir la moneda nacional, regular el mercado monetario y de divisas y ejecutar las políticas gubernamentales en lo referente a medidas monetarias y financieras.
Banco comercial
Banco que ofrece la gama completa de servicios a sus clientes habituales. Son entidades que por las características de sus operaciones, pueden otorgar crédito a todos los sectores de la economía. En Colombia existen Bancos Comerciales privados, oficiales y mixtos, dependiendo del carácter de su capital (privado, oficial o privado y oficial). Entre sus servicios están: cuentas corrientes y de ahorro, cartas de crédito, transferencias de fondos, etc.
Banco de la república
Banco central y emisor de Colombia que por mandato constitucional tiene como función principal la de luchar contra la inflación.
Banco de segundo piso
Instituciones financieras que no tratan directamente con los usuarios de los créditos, sino que hacen las colocaciones de los mismos a través de otras instituciones financieras.
Banco interamericano de desarrollo (bid)
Su objetivo es financiar proyectos de desarrollo y asistencia mutua en las naciones del continente americano, además de promover el crecimiento económico y social de los países miembros.
Banco Mundial (BM)
Creado en 1945 con el propósito de reconstruir a Europa una vez terminada la Segunda Guerra Mundial, pero ahora se dedica a financiar proyectos de inversión para el desarrollo de los países miembros.
Banda
Límite superior e inferior del tipo de interés de una obligación con tipo de interés variable.
Banda cambiaria
Sistema de tipo de cambio semiflexible que permite la libre flotación de la divisa en términos nominales entre un límite superior (techo) y uno inferior (piso). Cuando el tipo de cambio se pega al piso o al techo de la banda cambiaria, es el banco emisor el que entra a intervenirla, sea comprando o vendiendo divisas en el mercado cambiario, respectivamente. Al tiempo que permite mantener cierta flexibilidad en el mercado, también restringe variaciones extremas.
Bandas de bollinger
Técnica estadística utilizada para soportar el análisis de acciones o de cualquier otro título valor. Según sea el caso, las bandas determinan los precios de referencia mínimos y máximos. Las bandas se calculan teniendo en cuenta la variabilidad del precio de una acción o título valor y su precio promedio.
Bandas de oscilación
Las que se fijan a la paridad de las monedas en su relación con otras. Permiten una variación en más o menos 2.5 puntos. El Banco Central del país respectivo, se cuida de recoger o lanzar moneda nacional para que la cotización discurra dentro de estas bandas prudenciales. Cuando no es posible, se recurre a la revaluación o devaluación y, en casos excepcionales, se decreta la flotación de las monedas.
Base monetaria
Pasivo monetario de un banco central que incluye: los billetes y monedas creados por éste, los depósitos en bancos comerciales y otros intermediarios financieros sujetos a exigencias de encaje, los depósitos del Gobierno y otras entidades del sector público y ciertos depósitos del sector privado que deben constituirse por algún motivo especial. En resumen, es todo el efectivo en circulación.
Bear market
Muestra una tendencia calmada en el mercado de capitales, generalmente cuando los inversionistas están a la expectativa de alguna información macroeconómica y por lo tanto, denota un mercado a la baja.
Benchmark
Punto de referencia estándar contra el cual se realizan comparaciones.
Beneficiario
Persona a la cual se transfiere un activo financiero o a favor de quien se emite un título.
Beneficiario primario
Es quien adquiere un nuevo título valor ante la entidad emisora, ya sea a través del mercado de valores o de su delegatario para este efecto.
Beneficiario real
Es cualquier persona que, directa o indirectamente, por sí misma o a través de interpuesta persona, por virtud de contrato, convenido o de cualquier otra manera, tenga, respecto de una acción de una sociedad, capacidad decisoria.
Beneficiario secundario
Es el inversionista que adquiere, generalmente en una bolsa, un título-valor que había sido colocado con anterioridad por la entidad emisora y que ha sido recolocado por su beneficiario primario, u otro secundario, posiblemente por requerimientos anticipados por liquidez.
BETA
Medida de riesgo. Variación del precio de una acción con respecto a la variación de todas las del mercado. Beta mayor que uno (1) significa que varía más que el mercado. Es más riesgosa.
Bien o servicio no transable
Sólo se pueden consumir dentro de la economía que los produce (los arriendos, por ejemplo).
Bien o servicio transable
Como se pueden importar o exportar, están sujetos a la competencia internacional.
Bienes de capital
Son los que constituyen la base de una explotación, aparte de las mercancías o productos que se denominan bienes muebles o comerciales.
Bienes de consumo
Artículos que satisfacen las necesidades humanas.
Bienes recibidos como dación en pago
Son aquellos que el deudor de un establecimiento financiero entrega como parte de pago (o pago total) de una obligación que no pudo ser cancelada por iliquidez monetaria.
Big bang
Crecimiento acelerado del mercado bursátil londinense, producto del conjunto de medidas de desregulación (abolición de las comisiones fijas, apertura de la city a los brokers extranjeros)efectivas desde 1986. En los Estados Unidos el Big Bang tuvo lugar en 1975.
Blue chips
Acciones que presentan magníficos dividendos, gran valoración y excelente nivel de liquidez. Ellas corresponden a las mejores empresas de un país, reconocidas por la calidad de sus productos y estados financieros.
Bocas (bonos convertibles en acciones)
Títulos que confieren las prerrogativas propias de los bonos ordinarios y además dan a sus propietarios el derecho de convertirlos total o parcialmente en acciones de la sociedad emisora.
Bolsa de valores
Establecimiento público o privado, donde personas calificadas realizan operaciones de compraventa de títulos valores por orden de sus clientes. Es un mercado centralizado y regulado.
Bonos
Títulos de renta fija, nominativos o a la orden, que devengan intereses periódicos y que pueden ser emitidos por entidades de los sectores público o privado con un plazo con un plazo igual o superior a un año.
Bonos brady
Títulos de deuda soberana emitidos por ciertos países en desarrollo, a cambio de la reestructuración de su deuda comercial y de otras obligaciones anteriores.
Bonos convertibles
El rasgo de conversión de un bono otorga al tenedor la opción de cambiarlo por un número dado de acciones ordinarias. El número de acciones ordinarias en que puede convertirse el bono se llama índice de conversión.
Bonos de garantía general
Aquellos que son emitidos por las corporaciones financieras.
Bonos ordinarios
Confieren a sus tenedores los mismos derechos de acuerdo con el respectivo contrato de emisión y están garantizados con todos los bienes (presentes o futuros) de la entidad emisora.
Bonos samurai
Bonos emitidos en Japón por residentes no japoneses en yenes.
Bonos soberanos
Término genérico usado para los bonos emitidos por el gobierno de cualquier país.
Boom
Un máximo en las fluctuaciones de la actividad económica. Prosperidad económica originada en una corriente muy rápida y acentuada hacia la activación económica y la elevación de precios al consumidor.
Boom de la bolsa
Periodo cumbre en negociaciones bursátiles.
Broker
Palabra que significa corredor. Es la persona que establece los nexos entre compradores y vendedores para realizar operaciones en nombre de terceros.
Bull market
Indica una tendencia alcista en el mercado de capitales, donde los inversionistas están optimistas y por tanto presionan rápidamente los precios hacia arriba.
Bursátil
Todo lo que se refiere a negocios de Bolsa, como la compraventa y canje de valores, operaciones de cambio de moneda, compraventa de mercaderías en presente o en mercado de futuros, cotizaciones, valorizaciones, cobros, reglamentación, etc.
Bursatilidad
I.B.A., Índice de Bursatilidad Accionario, mide la dinámica de una acción, basada en el grado de facilidad para comprarla o venderla en el mercado secundario. Este índice es divulgado mensualmente por la Superintendencia de Valores. El cálculo del Índice de Bursatilidad Accionaria tiene en cuenta la frecuencia de cotización, monto transado promedio por rueda bursátil, grado de rotación de las acciones y número de operaciones realizadas en promedio por rueda.
Persona Expuesta Políticamente (PEP)
Se identifican tres tipos de PEP, a saber: 1. PEP Nacionales: Durante el periodo en que ocupen sus cargos y durante los dos (2) años siguientes a su dejación, renuncia, despido o declaración de insubsistencia del nombramiento, o de cualquier otra forma de desvinculación, se considerarán como Personas Expuestas Políticamente – PEP- las siguientes: a. Presidente de la República, Vicepresidente de la República, altos consejeros, director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, ministros y viceministros. b. Secretarios Generales, Tesoreros, Directores Financieros de los Ministerios, los Departamentos Administrativos y las Superintendencias c. Presidentes, Directores, Gerentes, Secretarios Generales, Tesoreros, Directores Financieros de (i) los Establecimientos Públicos, (ii) las Unidades Administrativas Especiales, (iii) las Empresas Púbicas de Servicios Públicos Domiciliarios, (iv) las Empresas Sociales del Estado, (v) las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y (vi) las Sociedades de Economía Mixta. d. Superintendentes y Superintendentes Delegados. e. Generales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, e Inspectores de la Policía Nacional. f. Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales, Tesoreros, Directores Financieros y Secretarios Generales de i) gobernaciones, ii) alcaldías, iii) concejos municipales y distritales y iv) asambleas departamentales. g. Senadores, Representantes a la Cámara, Secretarios Generales, secretarios de las comisiones constitucionales permanentes del Congreso de la República y Directores Administrativos del Senado y de la Cámara de Representantes. h. Gerente y Codirectores del Banco de la República. i. Directores de las Corporaciones Autónomas Regionales. j. Comisionados Nacionales del Servicio Civil, Comisionados de la Autoridad Nacional de Televisión, de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, k. Magistrados, Magistrados Auxiliares y Consejeros de Tribunales y Altas Cortes, jueces de la república, Fiscal General de la Nación, Vice Fiscal General de la Nación, Director de Fiscalías Nacionales, Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana. l. Contralor General de la República, Vicecontralor, Contralores Delegados, Contralores territoriales, Contador, Procurador General de la Nación, Viceprocurador General de la Nación, Procuradores Delegados, Defensor del Pueblos Vice Defensor del Pueblo, Defensores Delegados y Auditor General de la República. m. Consejeros del Consejo Nacional Electoral, Registrador Nacional del Estado Civil y Registradores Delegados. n. Representantes legales, presidentes, directores y tesoreros de partidos y movimientos políticos, y de otras formas de asociación política reconocidas por la ley. o. Los directores y tesoreros de patrimonios autónomos o fideicomisos que administren recursos públicos. 2. PEP de organizaciones internacionales. Son aquellas personas que ejercen funciones directivas en una organización internacional. Se entienden por PEP de organizaciones internacionales directores, subdirectores, miembros de juntas directivas o cualquier persona que ejerza una función equivalente. Se consideran PEP de organizaciones internacionales durante el periodo en que ocupen sus cargos y durante los dos (2) años siguientes a su dejación, renuncia, despido, o cualquier otra forma de desvinculación. 3. PEP extranjeros: Son aquellas personas que desempeñan funciones públicas destacadas en otro país. Se entienden por PEP extranjeros: (i) jefes de Estado, jefes de Gobierno, ministros, subsecretarios o secretarios de Estado; (ii) congresistas o parlamentarios; (iii) miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otras altas instancias judiciales cuyas decisiones no admitan normalmente recurso, salvo en circunstancias excepcionales; (iv) miembros de tribunales o de las juntas directivas de bancos centrales; (v) embajadores, encargados de negocios y altos funcionarios de las fuerzas armadas, y (vi) miembros de los órganos administrativos, de gestión o de supervisión de empresas de propiedad estatal. Adicionalmente, se consideran PEP extranjeros durante el periodo en que ocupen sus cargos y durante los dos (2) años siguientes a su dejación, renuncia, despido, o cualquier otra forma de desvinculación.
REPO
Operaciones bursátiles especializadas que consisten en la compra y venta de títulos valores, donde el comprador adquiere la obligación de transferir nuevamente al vendedor inicial la propiedad de los títulos negociados (acciones, bonos, CDT, etc.) en un plazo y condiciones fijadas con anterioridad (no superior a 90 días), tal como consta en la fecha de cumplimiento de la factura. Las operaciones de venta con pacto de recompra, como también se les conoce, son utilizadas para superar deficiencias financieras de corto plazo.
UVR
La unidad de valor real (UVR) es certificada por el Banco de la República y refleja el poder adquisitivo con base en la variación del índice de precios al consumidor (IPC) durante el mes calendario inmediatamente anterior al mes del inicio del período de cálculo. La UVR es una unidad de cuenta usada para calcular el costo de los créditos de vivienda que le permite a las entidades financieras mantener el poder adquisitivo del dinero prestado.
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Políticas de privacidad

El presente Aviso de Privacidad (en adelante el “Aviso”) establece los términos y condiciones en virtud de los cuales PROGRESIÓN SOCIEDAD COMISIONISTA DE BOLSA identificado con NIT 900.266.415-1 y con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., realizará el tratamiento de sus datos personales.

CAPÍTULO I – ASPECTOS GENERALES

1.1. DEFINICIONES: 
Para claridad de los destinatarios de esta política, se establecen las definiciones de los términos utilizados e incluidos en la Ley 1581 de 2012, el Decreto Reglamentario 1377 de 2013 y el Decreto 1074 de 2015 modificado por el Decreto 090 de 2018:

Autorización: Consentimiento, previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento de datos personales.

Aviso de privacidad: Es la notificación realizada por el Responsable en los casos en los que no sea posible poner a disposición del Titular las políticas de tratamiento de la información, en la cual el Responsable le informe al Titular sobre el tratamiento de sus datos personales, comunicándole acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, el cómo podrá acceder a las mismas y la finalidad del tratamiento que pretenda dar a los datos personales.

Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento, tanto por entidades públicas como privadas. Incluye aquellos depósitos de datos que constan en documentos y que tienen la calidad de archivos. Este concepto se utilizará indistintamente de la forma de tratamiento de la Base de Datos.

Base de Datos Automatizada: Aquella que se almacena y administra con la ayuda de herramientas electrónicas o informáticas.

Base de Datos Manual: Aquella cuya información se encuentra organizada y almacenada de manera física.

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Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del Tratamiento.

Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el tratamiento de los datos.

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Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento. Para los efectos del presente documento se entiende como Titular (es) al/los USUARIOS O CLIENTE (S) de PROGRESIÓN SCB.

Tratamiento: cualquier actividad, operación o conjunto de trabajos realizados sobre datos personales tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

1.2. DERECHO DE HABEAS DATA:
La Constitución Política de Colombia en su artículo 15, establece el derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos tanto de entidades públicas como privadas. Mediante Sentencia C-748 de 2011 de la Corte Constitucional, este derecho comprende otras facultades como las de autorizar el Tratamiento, incluir nuevos datos, excluirlos o suprimirlos de una base de datos o archivo.
Desde el año 2008, la Ley 1266 Especial de Habeas Data reguló la protección de datos personales con énfasis exclusivo en la protección de datos de carácter financiero y comercial reportados en los bancos de datos o también conocidas centrales de riesgo. Es decir, el derecho que tiene todo individuo a conocer, actualizar y rectificar su información personal comercial, crediticia, y financiera contenida en centrales de información públicas o privadas, que tienen como función recopilar, tratar y circular esos datos con el fin de determinar el nivel de riesgo financiero de su Titular.

Con la Ley 1581 de 2012, fueron desarrolladas las disposiciones generales para la protección de datos personales, posteriormente con el Decreto 1377 de 2013 se reglamentan aspectos relacionados con la autorización del Titular de información para el tratamiento de sus datos personales, las políticas de tratamiento de los Responsables y Encargados, el ejercicio de los derechos de los Titulares de información, las transferencias de datos personales y la responsabilidad demostrada frente al Tratamiento de datos personales; de tal manera, que cualquier Titular de datos personales tiene la facultad de controlar la información que de sí mismo ha sido recolectada en cualquier base de datos o archivo, administrado por entidades privadas o públicas. Finalmente, el Decreto 1074 reglamentó el alcance de la autorización otorgada por el TITULAR, el contenido mínimo de las presentes políticas e impartió directrices para la inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos.

Con la expedición del Decreto 090 de 2018 que modifica el Decreto 1074 de 2015 mediante el cual se excluye a entidades con naturaleza y características semejantes a PROGRESIÓN SCB de la obligación de registrar sus bases de datos en el directorio público Registro Nacional de Base de Datos administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio.

1.3. OBJETO:
Las Políticas y procedimientos previstos en este Manual desarrollarán el derecho constitucional al Hábeas Data que tienen todos los CLIENTES o USUARIOS respecto de los cuales PROGRESIÓN SCB realiza el tratamiento de sus datos e información personal, las finalidades, los derechos que le asisten como Titular de la información y los procedimientos establecidos para el ejercicio de tales derechos ante PROGRESIÓN SCB.

1.4. AMBITO DE APLICACIÓN:
La Política de tratamiento establecida será aplicable sobre los datos personales, información y archivos registrados en las bases de datos de Clientes o Usuarios de PROGRESIÓN SCB susceptibles de tratamiento, en virtud de la (s) relación (es) contractuales (es) sostenidas o que se hayan sostenido, con el fin de gestionar dicha (s) relación (es) contractual (es) y administrar todo tipo de riesgo inherente a esta. Esta política será aplicable para el tratamiento de los datos personales que PROGRESIÓN SCB realice en territorio colombiano.

1.5. ALCANCE:
Todos los funcionarios de PROGRESIÓN SCB quedan cubiertos bajo esta política. PROGRESIÓN SCB adelantará las campañas pedagógicas y de capacitación requeridas, para que las áreas que tienen un mayor nivel de interacción con la administración de datos personales, conozcan la nueva Ley y las disposiciones adoptadas por PROGRESIÓN SCB para asegurar su cumplimiento.

CAPÍTULO II
PRINCIPIOS RECTORES
A continuación, se presentan los principios rectores que conforman la base de la presente política y que se encuentran contenidos en la Ley General y los Decretos Reglamentarios:

2.1. Principio de legalidad en materia de tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la presente ley es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en las demás disposiciones que lo desarrollen.
2.2. Principio de finalidad: El tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular. La aplicación de este principio implica también: (i) un ámbito temporal, es decir que el periodo de conservación de los datos personales no exceda del necesario para alcanzar la necesidad con que se han registrado y (ii) un ámbito material, que exige que los datos recaudados sean los estrictamente necesarios para las finalidades perseguidas. La finalidad del tratamiento a las bases de datos a cargo del responsable del tratamiento, es recaudar, administrar, consolidar y custodiar los datos personales de sus clientes, usuarios y de terceras personas pertinentes y adecuados para el correcto desarrollo de la(s) relación(es) contractual(es) sostenida(s) y la debida administración de los riesgos inherentes a la(s) referida(s) relación(es).
2.3. Principio de libertad: El tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, libre, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
2.4. Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
2.5. Principio de transparencia: En el tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
2.6. Principio de acceso y circulación restringida: El tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley y la Constitución. En este sentido, el tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la ley.
Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la ley.
2.7. Principio de seguridad: La información sujeta a tratamiento por el responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que hace referencia la ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
2.8. Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la Ley 1581 de 2012 y en los términos de la misma.
2.9. Necesidad y proporcionalidad. Los datos personales registrados en una base de datos deben ser los estrictamente necesarios para el cumplimiento de las finalidades del tratamiento, informadas al Titular. En tal sentido, deben ser adecuados, pertinentes y acordes con las finalidades para los cuales fueron recolectados.
2.10. Principio de caducidad. El período de conservación de los datos personales será el necesario para alcanzar la finalidad para la cual se han recolectado.
2.11. Interpretación integral de derechos constitucionales. La Ley 1581 de 2012 se interpretará en el sentido de que se amparen adecuadamente los derechos constitucionales, como son el hábeas data, el derecho al buen nombre, el derecho a la honra, el derecho a la intimidad y el derecho a la información.
Los derechos de los titulares se interpretarán en armonía y en un plano de equilibrio con el derecho a la información previsto en el artículo 20 de la Constitución y con los demás derechos constitucionales aplicables.
En desarrollo del principio de legalidad PROGRESIÓN SCB velará porque los datos sean adquiridos, tratados y manejados de manera lícita. Esto es que en desarrollo de su actividad de administración de fondos de inversión colectiva y Fondos de Capital Privado recabarán los datos necesarios para el desarrollo de dicha actividad.
Así mismo, cuando actúe como responsable del Tratamiento, es decir cuando estén frente a un Titular que va a adquirir la calidad de Usuario o ya la tiene, le informarán a éste de manera clara, suficiente y previa acerca de la o las finalidades de la información a ser suministrada. En el evento en que la finalidad cambie o se modifique de tal manera que el Titular de manera razonable no lo espere, le informará a éste de manera previa, con el fin de obtener de nuevo su consentimiento.
En desarrollo del principio de razonabilidad y proporcionalidad, PROGRESIÓN SCB recaudará los datos que sean estrictamente necesarios para llevar a cabo las finalidades perseguidas y los conservará por el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con que se han registrado. Igualmente, respetará la libertad que tiene el Titular para autorizar o no el uso de sus datos personales, y, en consecuencia, los mecanismos que utilicen para obtener el consentimiento le permitirán al Titular manifestar de manera inequívoca que otorga tal autorización.
Informará al Titular acerca del tratamiento que les dará a sus datos, de tal manera que para éste sea claro que si su voluntad es contratar el servicio ofrecido deber aportar información veraz y actualizada.

CAPÍTULO III
DERECHOS DE LOS TITULARES E IDENTIFICACIÓN DE LAS BASES DE DATOS

3.1. LEGITIMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DEL TITULAR:
Los derechos de los Titulares establecidos en la Ley, podrán ejercerse por las siguientes personas:
1. Por el Titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposición el responsable.
2. Por sus causahabientes, quienes deberán acreditar tal calidad.
3.Por el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento. 4. Por estipulación a favor de otro o para otro.

3.2. DERECHOS DE LOS TITULARES:
a) Dirigirse a PROGRESIÓN SCB a través de los canales establecidos, los cuales se indican en el Aviso de Privacidad, con el fin de conocer, actualizar y rectificar sus datos personales. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado. El titular podrá consultar de forma gratuita sus datos personales.

b) Acudir sin limitación alguna, ante la persona o área designada por PROGRESIÓN SCB que asume la función de contacto en materia de datos personales.

c) Solicitar prueba de la autorización otorgada a PROGRESIÓN SCB salvo cuando, de acuerdo con la Ley, el Tratamiento que se está realizando no lo requiera;
d) Ser informado por PROGRESIÓN SCB, previa solicitud efectuada a través del canal dispuesto por ésta, respecto del uso que se les ha dado a sus datos personales;
e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a esta ley y a la Constitución;
f) Podrán acudir ante la autoridad de vigilancia para presentar quejas por violación de las normas sobre tratamiento de datos personales. El Titular debe tener en cuenta que sólo se podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio una vez se haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante PROGRESIÓN SCB .

3.3. AUTORIZACIÓN:
Sin perjuicio de las excepciones previstas en la Ley, en el tratamiento se requiere la autorización previa e informada del Titular, y se entenderá que la autorización cumple con los requisitos de ley cuando se manifieste: (i) Por escrito; (ii) De forma oral o; (iii) Mediante conductas inequívocas del Titular que permitan concluir de forma razonable que otorgó la autorización. En ningún caso el silencio podrá asimilarse a una conducta inequívoca.

3.4. EXCEPCIÓN DE AUTORIZACIÓN: La autorización del Titular no será necesaria cuando se trate de: a) Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial; b) Datos de naturaleza pública; c) Casos de urgencia médica o sanitaria; d) Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos; e) Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas; f) Demás previsto en la ley.

3.5. CANALES DE ATENCIÓN.
PROGRESIÓN SCB establece como canales de atención a los Titulares:
a) Página web: www.progresion.co
b) Correo electrónico: contacto@progresion.com.co
c) Punto de Atención Personal: Carrera 7 No. 77 – 07 Oficina 302, Bogotá, Colombia.
d) Teléfono fijo: (1) 3269595. e) Fax: (1) 555 0945

3.6. ÁREA ENCARGADA DE LA ATENCIÓN DE PETICIONES, CONSULTAS Y RECLAMOS:
La presentación de cualquier petición, consulta o reclamo será atendida por el área de atención al cliente del responsable del Tratamiento ante quien el titular puede ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar, suprimir el dato y revocar la autorización.

3.7. PETICIONES, CONSULTAS Y RECLAMOS. El CLIENTE y/o USUARIO:
como Titular de la información o sus causahabientes, cuando considere que la información contenida en la base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar reclamo ante PROGRESIÓN SCB cuando actúe como responsable del Tratamiento, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:
1. El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida a PROGRESIÓN SCB, con la identificación del CLIENTE y/o USUARIO, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección y la documentación que se quiera hacer valer. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al CLIENTE para que subsane las fallas.
En caso que PROGRESIÓN SCB no sea competente para resolver el reclamo, dará traslado a quien corresponda e informará de la situación al CLIENTE.
2. PROGRESIÓN SCB dará respuesta oportuna al CLIENTE atendiendo de fondo el reclamo de este último dentro de los términos establecidos por la Ley.

CAPÍTULO IV DEBERES EN CALIDAD DE RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.

4.1. DEBERES EN CALIDAD DE RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO:
PROGRESIÓN SCB en calidad de responsable y Encargado del Tratamiento deberá cumplir los siguientes deberes, sin perjuicio de las demás disposiciones previstas en la Ley 1581 de 2012 y en otras que rijan su actividad:

a) Garantizar al CLIENTE y/o USUARIO, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;
b) Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la Ley 1581 de 2012, copia de la respectiva autorización otorgada por el CLIENTE y/o USUARIO;
c) Informar debidamente al CLIENTE y/o USUARIO sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada;
d) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
e) Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible;
f) Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada;
g) Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento; h) Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la Ley 1581 de 2012.
i) Informar a solicitud del CLIENTE y/o USUARIO sobre el uso dado a sus datos.
j) Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los CLIENTES y/o USUARIOS.
k) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

4.2. DEBERES EN CALIDAD DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO:
En atención a que la mayoría de las obligaciones establecidas en calidad de Encargado coinciden con las señaladas en la calidad de responsable, solo se hará referencias expresa en este numeral a las que no quedaron listadas en el Numeral 4.1 de este Manual.

a) Registrar en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” en la forma en que se regula en la ley;
b) Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.
c) Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
d) Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella.

4.3. NIVEL DE MEDIDAS DE SEGURIDAD APLICADO AL TRATAMIENTO:
PROGRESIÓN SCB cuenta con reglamentaciones internas sobre Seguridad de la información, basada en las normas expedidas por la Superintendencia Financiera de Colombia y un Manual de seguridad de la Información. Dichas previsiones aseguran el cumplimiento de los requisitos exigidos en materia de seguridad de la información.

CAPÍTULO V. PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA GARANTIZAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS TITULARES.

5.1. CONSULTAS:
En desarrollo del artículo 14 de la Ley denominado “Consultas”: Los Titulares o sus causahabientes podrán consultar la información que de éste repose en las bases de datos administradas por PROGRESIÓN SCB.

5.1.2. El CLIENTE y/o USUARIO deberá acreditar su identidad de la siguiente manera:
a) Solicitud presentada en forma escrita, adjuntando copia de la cédula, y b) Los causahabientes deberán acreditar el parentesco de conformidad con lo que exige la ley y adjuntar copia de su documento de identidad. Para el caso de los apoderados, estos deberán presentar poder autenticado ante notario público y copia autentica de su documento de identidad.

Una vez que PROGRESIÓN SCB reciba la solicitud de información por cualquiera de los canales ya señalados, procederá a revisar el registro individual que corresponda al nombre del Titular y al número de documento de identidad aportado, si encontraré alguna diferencia entre estos dos datos lo informará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recibo, con el fin de que el solicitante la aclare.

Si revisado el documento aportado y el nombre del Titular encuentra que hay conformidad en los mismos procederá a dar respuesta en un término de diez (10) días hábiles.
En el evento en que PROGRESIÓN SCB considere que requiere de un mayor tiempo para dar respuesta a la consulta, informará al CLIENTE de tal situación y dará respuesta en un término que no excederá de cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del término.

5.2 QUEJAS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
El Titular, Causahabiente o apoderado sólo podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento.

5.3. PERSONA ODEPENDENCIA RESPONSABLE DE LA ATENCIÓN DE PETICIONES, CONSULTAS Y RECLAMOS:
La Gerencia Comercial y de Servicio al Cliente y el responsable del SAC serán las áreas responsables de velar por el cumplimiento de estas disposiciones con el fin de garantizar que todos los aspectos señalados queden debidamente recogidos y que los deberes que estipula la Ley se cumplan.

5.4. LEGISLACIÓN NACIONAL VIGENTE: La actividad de Administración de fondos de inversión es reglada y su ejercicio está sujeto a la supervisión de la Superintendencia Financiera de Colombia. En atención a esta circunstancia fue desarrollado el sistema de atención al consumidor SAC, el cual atiende los aspectos propios de la calidad, cumplimiento y responsabilidad derivada de los contratos suscritos con los CLIENTES y/o USUARIO. Así como, que los Titulares de datos personales que quieran ejercer su derecho al hábeas data de conformidad con la Ley General quedarán sujetos a las políticas y procedimientos aquí descritos.

5.5. FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO:
La presente Política de Tratamiento de información de los CLIENTES de PROGRESIÓN SCB rige a partir del 01 de febrero de 2015.